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BOE 30/06/2026 — Ver PDF completo

RDL 18/2026 — Prórroga de medidas para gasolineras

Retirada progresiva del apoyo fiscal a carburantes (julio–septiembre 2026). Entrada en vigor: 1 de julio de 2026
El cambio principal
El IVA de carburantes vuelve al 21% y el apoyo se concentra en el Impuesto de Hidrocarburos
Desde el 1 de julio, el IVA de los carburantes vuelve al tipo general del 21% (estuvo al 10% desde marzo). En su lugar, el alivio se canaliza íntegramente a través del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, con un descuento que disminuye cada mes hasta desaparecer en octubre, en un esquema de retirada gradual ("phase out").
Descuento por litro en el Impuesto de Hidrocarburos (gasolina y gasóleo)
Julio
-15
cts/l
Agosto
-10
cts/l
Septiembre
-5
cts/l
Octubre
0
fin
El descuento es la misma cantidad por litro para gasolinas sin plomo y gasóleo de uso general.
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Cláusula de salvaguarda por inflación
Si la inflación de carburantes supera el 15%, el descuento aumenta
• Si en junio 2026 el IPC de la gasolina o el gasóleo supera en más del 15% al de junio del año anterior: el descuento será de 20 cts/l en agosto y 15 cts/l en septiembre.
• Si en julio 2026 el IPC supera ese 15%: el descuento será de 20 cts/l en septiembre.
En mayo de 2026 los carburantes ya acumulaban un 15,9% interanual según el INE, por lo que conviene vigilar este dato.
IVA de carburantes
Hasta 30 junio
10%
Mecanismo anterior (RDL 7/2026)
Desde 1 julio
21%
Vuelve al tipo general
Tipos oficiales del Impuesto sobre Hidrocarburos (II.EE. total, €/l)
Producto RDL 7 (jun) Julio Agosto Septiembre Octubre
Gasóleo A (ep. 1.3) 0,330 0,229 0,279 0,329 0,379
Gasolina 95 (ep. 1.2.2) 0,359 0,32269 0,37269 0,42269 0,47269
Gasolina 98 (ep. 1.2.1) 0,359 0,35392 0,40392 0,45392 0,50392
Gasóleo B (ep. 1.4) 0,02100 0,03993 0,05885 0,07779 0,09671
Tipos ordinarios según el articulado del RDL 18/2026 (arts. 5, 6 y 7). En agosto y septiembre pueden aplicarse tipos reducidos si el IPC del producto supera el +15% interanual. La gasolina 98 apenas baja en julio respecto a junio porque partía de un tipo general más alto. El gasóleo B (bonificado, calefacción/agrícola) se comporta al revés: su impuesto especial sube cada mes recuperando el tipo normal. También tenía IVA al 10% y vuelve al 21% el 1 de julio.
Qué implica para tu gasolinera
Transición del stock 30 junio → 1 julio
El stock que tengas en tanques comprado con IVA al 10% lo venderás con IVA al 21% desde el 1 de julio. Revisa con tu operador cómo te factura el cambio de mes y el ajuste del impuesto de hidrocarburos en los nuevos suministros.
El descuento se aplica en origen, no en surtidor
El descuento del Impuesto de Hidrocarburos se devenga al salir de depósito fiscal. Lo notarás en el precio de los suministros que recibas del operador; no es un ajuste que tengas que gestionar tú sobre el stock.
NUEVA obligación: dar publicidad a las medidas fiscales
La disposición adicional segunda obliga a las estaciones de servicio y demás establecimientos de suministro minorista a dar la adecuada publicidad a las medidas fiscales temporales en materia energética. Habrá que mostrar el cartel/información correspondiente en la estación.
Vigilancia reforzada de la CNMC
Lista pública de gasolineras con comportamientos anómalos
La CNMC realiza un seguimiento reforzado de los márgenes brutos de distribución durante la vigencia de las reducciones, e identificará comportamientos anómalos (previa audiencia de los afectados). Se mantienen las obligaciones de remisión semanal de costes y precios. Además, se crean dos sistemas permanentes: remisión periódica de información de los mayoristas y seguimiento de márgenes brutos. Vigila bien tus márgenes.
Atención: puntos de recarga eléctrica
Se adelanta el listado de estaciones obligadas a instalar recarga
La disposición adicional séptima adelanta la aprobación y publicación del listado de estaciones de servicio obligadas a instalar puntos de recarga (Ley 7/2021), en un plazo máximo de 4 meses. También se modifica el art. 15 para clarificar qué estaciones son sujeto obligado y los plazos de puesta en servicio. Conviene comprobar si tu estación entra en el listado.
Ayudas a profesionales: ojo al cambio de mecanismo
Gasóleo profesional: la devolución parcial baja a 0 € (jul–sep)
El art. 8 del RDL 18/2026 fija en cero euros la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por gasóleo profesional (art. 52 bis.6 Ley 38/1992) entre el 1 de julio y el 30 de septiembre. El apoyo al profesional no desaparece, pero se canaliza por otra vía (ayuda directa escalonada + bajada del tipo, que suman ~20 cts/l totales). Revisa las comunicaciones a transportistas y evita referencias a la antigua ayuda de 0,20 €/l en los términos anteriores.
Gasóleo agrario: devolución con importe propio cada mes
El art. 9 fija la devolución del gasóleo agrario en 6,93 €/1.000 l (julio), 25,86 €/1.000 l (agosto) y 44,78 €/1.000 l (septiembre). Puede quedar a 0 € en los meses en que se active el tipo reducido del epígrafe 1.4 por IPC.
Lo que sí se mantiene
El apoyo total a transportistas y sector primario sigue rondándo los 20 cts/l durante el trimestre, y en agricultura se añaden 165 millones para fertilizantes. Como hasta ahora, la gestión de estas ayudas no recae en tu gasolinera: las tramita el profesional.
Calendario
30 junio 2026
Fin del mecanismo anterior (IVA al 10% + impuesto hidrocarburos al mínimo UE).
1 julio 2026
Entra en vigor el RDL 18/2026: IVA al 21% + descuento de 15 cts/l vía impuesto de hidrocarburos.
Agosto 2026
El descuento baja a 10 cts/l (o 20 cts si se activa la salvaguarda por IPC de junio).
Septiembre 2026
El descuento baja a 5 cts/l (o 15-20 cts si se activa la salvaguarda).
30 septiembre 2026
Fin de las medidas coyunturales. En octubre se recupera el tipo normal del impuesto.